Simposio del Sistema Penal Tributario

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El pasado 27 de julio del presente año, participamos en el Simposio “Sistema Penal Tributario” organizado por C-EDUCA Consultoría & Capacitación y en el cual participó como expositor el Doctor Jesús Agustín Celorio Vela, Presidente de la Junta Directiva del Centro Mexicano de Estudios en lo Penal Tributario.

Entre los temas expuestos, el Doctor Celorio Vela desarrolló cómo  debe formularse, llevarse y manejarse un caso penal tributario según lo que doctrinariamente se conoce como la Teoría del Caso.

El estar involucrado en un proceso penal tributario conlleva un trabajo en conjunto entre cliente y abogado para poder llevar a cabo una defensa exitosa y sustancial. La primera gran tarea es determinar la historia fáctica de lo sucedido con la mayor cantidad de detalles posibles y medios con los que ello pueda comprobarse, esto corresponde en su mayor parte al cliente, quien debe proporcionar información y documentación con base en la cual pueda sustentarse una defensa.

Posteriormente, el abogado desentrañará la acusación y la tesis del Ministerio Público y/o Superintendencia de Administración Tributaria para determinar si los hechos se ajustan a los elementos del delito imputado. Esto se realizará a través de realizar un análisis cruzado de norma y hechos, determinando si los hechos efectivamente encuadran en el tipo penal.

Una vez analizado lo anterior, se procede a analizar las pruebas que presenta el ente acusador así como la existencia de pruebas de descargo para destruir la tesis criminal. Este último trabajo implica un estudio riguroso de los elementos de convicción, siendo un medio de prueba relevante  la prueba pericial contable para desvanecer las conclusiones y acusaciones contenidas en los informes de los auditores de la Administración Tributaria. Tanto el abogado como el cliente, deben determinar la validez tanto formal como sustancial de dichos informes que, en la práctica, son el documento con el cual inicia y se formula un proceso penal por delitos tributarios.

Aunado a lo anterior, otra de las pruebas que surgen en la mayoría de procesos penales tributarios, son los comprobantes fiscales (facturas, recibos, etc.).

Ahora más que nunca resulta indispensable que los clientes cumplan con todos los requisitos legales de un comprobante fiscal para que el mismo sea válido y se pueda sustentar una defensa penal exitosa:

(i) Los elementos formales, los cuales están en ley para la validez y redacción de cada comprobante fiscal o documento contable;

(ii) Los elementos estructurales consisten en aquellos requisitos que exige la ley de cada impuesto para que puedan tener efectos fiscales, como por ejemplo para el Impuesto Sobre la Renta que sea esencial para los fines del negocio;

(iii) Por último, los elementos sustanciales, consistentes en la materialidad específica de la realización del servicio o enajenación del bien que se documenta en dichos comprobantes. Entre los principales elementos sustanciales destacan la razón de negocios, materialidad del negocio, sustancia económica y sustentabilidad.

Los comprobantes fiscales deben de estar soportados por las anotaciones contables respectivas, los documentos de soporte de transacción (e.g. contratos y comprobantes de pago bancario). Es importante también que las transacciones que originen los comprobantes fiscales, sean materiales, razonables y sustanciales.

Como puede apreciarse, el estudio de un caso penal tributario es algo complejo que exige una coordinación entre cliente y abogado para formular una teoría de caso que tenga como resultado la protección efectiva de los intereses del cliente.

Cualquier duda o ampliación de información no dude en contactarnos.

 

Por: Luis Pedro Martínez y Otto Ardón