Actualización Disposiciones Presidenciales sobre reuniones

 
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A partir de las cero horas del miércoles 26 de agosto del presente año, entran en vigencia las Reformas a la Disposición Presidencial Décimo Sexta  “OTRAS DISPOSICIONES” numeral (2.) del 26 de julio del presente año, mediante las cuales se establece que continúa la restricción de todas las reuniones, actividades y eventos recreativos lúdicos, sociales de cualquier número de personas; exceptuando las reuniones de:

  • Miembros de sociedades anónimas,

  • Asociaciones

  • Fundaciones

  • Consorcios

  • Organizaciones no gubernamentales

  • Cooperativas

  • Organizaciones de trabajadores (sindicatos, grupos coaligados, comités)

Debiendo tratarse de reuniones mediante las cuales se celebren asambleas, juntas, o se trate de reuniones  para el ejercicio de derechos, cumplimiento de obligaciones y funcionamiento de las entidades. Para ello deberá darse estricto cumplimiento de las disposiciones legales vigentes para evitar contagios; dando especial atención al aforo en su realización. Los órganos de dirección serán responsables del cumplimiento de las medidas sanitarias, así como dejar registro o constancia de dicho extremo en las actas o instrumentos que documenten la celebración de este tipo de reuniones.

Para conocer la Disposición Presidencial del 25 de Agosto de 2020 haga click aquí.

Cualquier información adicional no dude en ponerse en contacto con nosotros.

Por:

Ondina Solis